Ley 27742 - Reforma Laboral
- federicobedners
- 13 nov 2024
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ANÁLISIS DE LA LEY 27742 LEY BASES REFORMA LABORAL

Publicación en el Boletín Oficial
El 8 de julio de 2024 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 592/2024, mediante el cual el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 27742, conocida como la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos o Ley Bases. Esta ley entrará en vigencia el 9 de julio de 2024, conforme lo establece el artículo 237 de la misma.
La Ley regula diversos aspectos en distintas áreas, pero en el ámbito laboral se destacan las modificaciones en torno al empleo privado, especialmente en los Títulos IV y V, que abordan la Promoción del Empleo Registrado y la Modernización Laboral, respectivamente. A continuación, se detallan los puntos más relevantes de la ley en materia laboral.
I. Promoción del Empleo Registrado
En el Título IV, la Ley promueve la regularización de las relaciones laborales, permitiendo que los empleadores puedan regularizar situaciones laborales no registradas o mal registradas, siempre que estas se hayan iniciado antes del 9 de julio de 2024 (art. 76).
Beneficios de la registración:
Extinción de la acción penal por apropiación indebida de recursos de seguridad social.
Condonación de infracciones, multas y sanciones relacionadas con la falta o deficiencia de registración laboral.
Baja en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
Condonación de deudas por la falta de pago de aportes y contribuciones (excepto deudas de obra social), con una condonación de hasta el 70% del monto adeudado.
Condiciones:
Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales de hasta 60 meses de antigüedad, y tendrán un plazo de 90 días desde la entrada en vigor de la reglamentación para hacerlo. Además, el fisco no podrá realizar determinaciones de deuda ni actas de infracción por los períodos regularizados.
II. Modernización Laboral
(i) Registración Laboral Simplificada
La Ley establece un procedimiento simplificado para la registración de nuevas relaciones laborales, que deberá realizarse electrónicamente, asegurando una registración rápida, ágil y sin complicaciones (art. 82). Este cambio también incluye la simplificación de los recibos de sueldo, especialmente para empresas de hasta 12 empleados. La relación laboral será registrada de inmediato, por lo que no es necesario que todas las partes firmen un contrato para que se considere válida.
Además, el trabajador podrá denunciar electrónicamente la falta de registración de su relación laboral y recibirá una constancia de dicha denuncia.
(ii) Modificaciones a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT)
a) Ámbito de Aplicación de la LCT
Se excluye a las contrataciones de obra, servicios y agencia, así como a las reguladas por el Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC), de la aplicación del régimen general de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
b) Presunción de la existencia de un contrato de trabajo
La Ley Bases modifica la presunción de existencia de una relación laboral para incluir los casos en que no se trate de contrataciones de obra o servicios profesionales.
c) Tercerización y Contratistas
La Ley establece que el empleador directo podrá registrar al trabajador, incluso si este se destina a trabajar en una empresa tercerizadora. Las modificaciones también incluyen cambios en el régimen de mediación e intermediación de personal (art. 29 LCT).
d) Período de Prueba
La Ley Bases amplía el período de prueba en el régimen laboral. El nuevo período de prueba será de hasta 12 meses, dependiendo del tamaño de la empresa (6 meses para empresas grandes, 8 meses para medianas, y hasta 12 meses para pequeñas).
e) Despido con Justa Causa
El despido podrá considerarse con justa causa por la participación activa de un trabajador en bloqueos o tomas de establecimientos, además de otras conductas que perjudiquen la libre circulación en el lugar de trabajo.
f) Despido Discriminatorio
Si un despido es considerado discriminatorio (por raza, religión, ideología, género, etc.), el empleador deberá abonar una indemnización agravada que podrá ser del 50% hasta el 100% de la indemnización estándar por despido sin justa causa.
III. Otros Cambios Relevantes
(i) Fondo de Cese Laboral
La Ley establece que empleadores y sindicatos podrán optar por un fondo de cese laboral como alternativa a las indemnizaciones por despido. Este fondo permitirá una mayor flexibilidad en las condiciones de desvinculación laboral, acordadas entre las partes.
(ii) Trabajadores Independientes con Colaboradores
Por primera vez, se regula el trabajo de los trabajadores independientes que contratan hasta tres colaboradores para llevar adelante proyectos. Estos colaboradores no estarán en una relación de dependencia, a menos que existan condiciones de dependencia económica o laboral.
(iii) Cambios en el Trabajo Agrario
Se otorgan nuevas condiciones para el trabajo agrario, como la libertad de contratación sin depender de las bolsas de trabajo, y la introducción del período de prueba en este sector.
(iv) Derogación de Sanciones y Multas
Se derogaron las sanciones por falta de registración laboral previstas en la Ley Nacional de Empleo y la Ley 25.323. Asimismo, se eliminan las sanciones por temeridad y malicia en el pago de indemnizaciones y la obligación de remitir a la AFIP los casos de falta de registración laboral.
IV. Derogación de la Ley 25323
La Ley Bases también deroga la Ley 25.323, que había establecido indemnizaciones especiales para los casos de falta de registración de la relación laboral o su registro deficiente.
La Ley Bases se presenta como un paso importante hacia la modernización y simplificación del sistema laboral en Argentina, con el objetivo de fomentar el empleo registrado, reducir las cargas administrativas para los empleadores y mejorar las condiciones laborales para los trabajadores.
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